De La Carta 275 del 01/07/08 - Mesa de Articulación, info@mesadearticulacion.org
La MESA de Articulación de Asociaciones Nacionales y Redes Regionales de ONG de América Latina y el Caribe, expresa su más enérgico rechazo a la aprobación de la “Directiva del Parlamento Europeo relativa a procedimientos y normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio”. Los mismos euro parlamentarios que han reducido su ayuda a la cooperación este año respecto a la del año anterior, impidiendo a los países del Tercer Mundo cumplir con los Objetivos del Milenio, son los que ahora han aprobado esta “Directiva de la vergüenza”.
Esta resolución legislativa de la Unión Europea permite detener hasta por 18 meses a los inmigrantes no documentados y les prohíbe por 5 años volver a Europa luego de ser expulsados por ese motivo. La norma permite que sean las autoridades administrativas las que dictaminen órdenes provisionales de internamiento de inmigrantes ilegales por períodos de hasta 72 horas y que los menores de 18 años, sin ser acompañados de sus padres, puedan ser también expulsados y retenidos. Respecto a las condiciones en que permanecerán los extranjeros en espera de la repatriación, la directiva señala: "en los casos en que un Estado miembro no pueda proporcionar alojamiento en un centro de internamiento especializado y tenga que recurrir a un centro penitenciario, los nacionales de terceros países sujetos al internamiento estarán separados de los presos ordinarios".
De esta forma Europa ha dado los primeros pasos en la instauración del delito de inmigración no documentada, sancionado con penas de presidio. Por este motivo esta directiva estigmatiza a las personas inmigrantes y les transforma en delincuentes que deben ser excluidos. Impone una lógica basada en la discriminación sistemática de seres humanos cuyo único delito es intentar escapar de la pobreza y buscar una vida digna para sus familias.
Esta nueva legislación migratoria incumple las obligaciones internacionales a las cuales están obligados los Estados miembros de la Unión Europea, entre otras la Convención de Ginebra de 1951 referida a los solicitantes de asilo, la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la propia Convención Europea de Derechos Humanos.
Es llamativo que esta directiva sea incoherente con los acuerdos de la Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno de América Latina y el Caribe y la UE, celebrada en mayo de este año en Lima. En dicha ocasión ambas regiones manifestaron su voluntad de desarrollar un diálogo político basado en un enfoque comprensivo de la migración regular e irregular, y que comprenda los vínculos entre migración y desarrollo. La misma inconsistencia muestra esta directiva en relación a documentos de la propia UE, como por ejemplo las comunicaciones de la Comisión Europea sobre “el nexo entre migración y desarrollo” y el “Programa de La Haya”, adoptado por el Consejo Europeo de noviembre de 2004 que expresamente solicitó el establecimiento de normas comunes para las personas que vayan a ser repatriadas, de manera humana y respetando plenamente sus derechos humanos y su dignidad.
Esta Directiva se aprueba, paradógicamente, en el año en que se conmemora el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Por este motivo, las Asociaciones Nacionales y Redes Regionales de ONG de América Latina y el Caribe exigen a la Unión Europea adecuar su legislación migratoria de manera que garantice la observancia y protección de todos los derechos humanos y de las libertades fundamentales, garantizando su universalidad, indivisibilidad e interdependencia.
Lo que sigue es un ampliado del CePaDeHu, para reflexionar
La MESA de Articulación de Asociaciones Nacionales y Redes Regionales de ONG de América Latina y el Caribe, expresa su más enérgico rechazo a la aprobación de la “Directiva del Parlamento Europeo relativa a procedimientos y normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio”. Los mismos euro parlamentarios que han reducido su ayuda a la cooperación este año respecto a la del año anterior, impidiendo a los países del Tercer Mundo cumplir con los Objetivos del Milenio, son los que ahora han aprobado esta “Directiva de la vergüenza”.
Esta resolución legislativa de la Unión Europea permite detener hasta por 18 meses a los inmigrantes no documentados y les prohíbe por 5 años volver a Europa luego de ser expulsados por ese motivo. La norma permite que sean las autoridades administrativas las que dictaminen órdenes provisionales de internamiento de inmigrantes ilegales por períodos de hasta 72 horas y que los menores de 18 años, sin ser acompañados de sus padres, puedan ser también expulsados y retenidos. Respecto a las condiciones en que permanecerán los extranjeros en espera de la repatriación, la directiva señala: "en los casos en que un Estado miembro no pueda proporcionar alojamiento en un centro de internamiento especializado y tenga que recurrir a un centro penitenciario, los nacionales de terceros países sujetos al internamiento estarán separados de los presos ordinarios".
De esta forma Europa ha dado los primeros pasos en la instauración del delito de inmigración no documentada, sancionado con penas de presidio. Por este motivo esta directiva estigmatiza a las personas inmigrantes y les transforma en delincuentes que deben ser excluidos. Impone una lógica basada en la discriminación sistemática de seres humanos cuyo único delito es intentar escapar de la pobreza y buscar una vida digna para sus familias.
Esta nueva legislación migratoria incumple las obligaciones internacionales a las cuales están obligados los Estados miembros de la Unión Europea, entre otras la Convención de Ginebra de 1951 referida a los solicitantes de asilo, la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la propia Convención Europea de Derechos Humanos.
Es llamativo que esta directiva sea incoherente con los acuerdos de la Cumbre de Jefes de Estado y Gobierno de América Latina y el Caribe y la UE, celebrada en mayo de este año en Lima. En dicha ocasión ambas regiones manifestaron su voluntad de desarrollar un diálogo político basado en un enfoque comprensivo de la migración regular e irregular, y que comprenda los vínculos entre migración y desarrollo. La misma inconsistencia muestra esta directiva en relación a documentos de la propia UE, como por ejemplo las comunicaciones de la Comisión Europea sobre “el nexo entre migración y desarrollo” y el “Programa de La Haya”, adoptado por el Consejo Europeo de noviembre de 2004 que expresamente solicitó el establecimiento de normas comunes para las personas que vayan a ser repatriadas, de manera humana y respetando plenamente sus derechos humanos y su dignidad.
Esta Directiva se aprueba, paradógicamente, en el año en que se conmemora el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Por este motivo, las Asociaciones Nacionales y Redes Regionales de ONG de América Latina y el Caribe exigen a la Unión Europea adecuar su legislación migratoria de manera que garantice la observancia y protección de todos los derechos humanos y de las libertades fundamentales, garantizando su universalidad, indivisibilidad e interdependencia.
Lo que sigue es un ampliado del CePaDeHu, para reflexionar
RAFAEL CORREA: ES UNA VERGÜENZA El presidente del Ecuador, Rafael Correa, calificó de "una barbaridad" y "una vergüenza" que criminaliza la migración. Correa fue uno de los primeros mandatarios de Latinoamericana en reaccionar ante tal medida que afectaría a más de 3 millones de inmigrantes de ciudadanos pertenecientes a la Comunidad Andina de Naciones, que integran Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, según datos de la cancillería ecuatoriana. Criticó "el doble discurso, la doble moral de los países desarrollados". "¿Con qué calidad moral se puede sostener una globalización que cada vez busca más la libre movilidad de mercancías, la inmediata movilidad de capitales pero criminaliza la movilidad de seres humanos?", preguntó.
BRASIL LAMENTA LA DECISIÓN
El Gobierno brasileño consideró una decisión que siembra "una percepción negativa de la migración". Un comunicado oficial difundido por el Ministerio de Relaciones Exteriores dice que "Brasil, país que ha dado acogida a millones de inmigrantes y descendientes hoy integrados con armonía a la sociedad brasileña, lamenta una decisión que contribuye para crear una percepción negativa de la migración". La decisión, según la nota, "va en el sentido contrario de una deseada reducción de trabas a la libre circulación de personas y de una más amplia y plena convivencia entre los pueblos". En los últimos meses, Brasil ha tenido problemas diplomáticos con España, Francia e Irlanda, entre otros países europeos, por el trato dado a las personas no aceptadas.
ARGENTINA: MIGRAR NO ES UN DELITO "El Gobierno argentino reitera, una vez más, que migrar no es un delito. Por lo tanto, rechaza el uso de conceptos tales como migración legal e ilegal", dijo la Cancillería en un comunicado. En la nota, el Ejecutivo que preside Cristina Fernández reafirmó que la cuestión migratoria "solo podrá ser resuelta de manera eficaz si es abordada desde el punto de vista del respeto integral de los derechos humanos y el fomento del desarrollo económico y humano". Destacó que establecer "restricciones, incluidos largos períodos de detención administrativa, e impedir la libre circulación de personas por motivos de origen étnico, religión, ideología, género, edad o calificación constituye una violación de los derechos humanos fundamentales".
Los principales puntos aprobados en la víspera
Retorno: Se establece un período de siete a 30 días para que los inmigrantes abandonen el país de forma voluntaria. Se podrán tener en cuenta factores como la escolarización de niños para ampliarlo.
Retención: El período máximo se fija en seis meses que pueden ampliarse a 18 en casos excepcionales para quien no coopere o cuando haya problemas para obtener la documentación de países terceros. La retención tendrá lugar cuando haya un riesgo de eludir una próxima expulsión y debe ser "lo más corta posible", en centros específicos (no en prisiones) y bajo supervisión judicial. Los menores y las familias con niños sólo podrán ser retenidos como último recurso y por el menor tiempo posible.
Prohibición de retorno a la UE: Los indocumentados que sean expulsados sufrirán también una prohibición de hasta cinco años de duración para entrar legalmente en territorio comunitario. Ese período podrá ser aún mayor si la persona expulsada supone una amenaza grave para la seguridad.
Menores no acompañados: En el caso de los menores sin familiares, se debe tener en cuenta "el mejor interés" para ellos a la hora de decidir su expulsión. Para devolver un menor a su país debe hacerse a familiares, tutores o una institución adecuada.
Excepciones: Se permite otorgar permisos de residencia a los inmigrantes clandestinos por motivos humanitarios. Acuerdos Internacionales: Se destaca la necesidad de lograr acuerdos de readmisión con países terceros a fin de facilitar el retorno de los indocumentados.
Asistencia jurídica: La garantía de asistencia jurídica se dará en las mismas condiciones que actualmente se ofrece a los solicitantes de asilo. Este mecanismo prevé que la asistencia sea gratuita según estipulen las leyes nacionales.
Entrada en vigor: Está prevista para dos años después de su publicación en el diario oficial, lo significaría hacia comienzos de julio de 2010 si el Parlamento Europeo aprueba el texto sin enmiendas. El capítulo sobre asistencia jurídica gratuita tendrá un período adicional de tres años.
Retorno: Se establece un período de siete a 30 días para que los inmigrantes abandonen el país de forma voluntaria. Se podrán tener en cuenta factores como la escolarización de niños para ampliarlo.
Retención: El período máximo se fija en seis meses que pueden ampliarse a 18 en casos excepcionales para quien no coopere o cuando haya problemas para obtener la documentación de países terceros. La retención tendrá lugar cuando haya un riesgo de eludir una próxima expulsión y debe ser "lo más corta posible", en centros específicos (no en prisiones) y bajo supervisión judicial. Los menores y las familias con niños sólo podrán ser retenidos como último recurso y por el menor tiempo posible.
Prohibición de retorno a la UE: Los indocumentados que sean expulsados sufrirán también una prohibición de hasta cinco años de duración para entrar legalmente en territorio comunitario. Ese período podrá ser aún mayor si la persona expulsada supone una amenaza grave para la seguridad.
Menores no acompañados: En el caso de los menores sin familiares, se debe tener en cuenta "el mejor interés" para ellos a la hora de decidir su expulsión. Para devolver un menor a su país debe hacerse a familiares, tutores o una institución adecuada.
Excepciones: Se permite otorgar permisos de residencia a los inmigrantes clandestinos por motivos humanitarios. Acuerdos Internacionales: Se destaca la necesidad de lograr acuerdos de readmisión con países terceros a fin de facilitar el retorno de los indocumentados.
Asistencia jurídica: La garantía de asistencia jurídica se dará en las mismas condiciones que actualmente se ofrece a los solicitantes de asilo. Este mecanismo prevé que la asistencia sea gratuita según estipulen las leyes nacionales.
Entrada en vigor: Está prevista para dos años después de su publicación en el diario oficial, lo significaría hacia comienzos de julio de 2010 si el Parlamento Europeo aprueba el texto sin enmiendas. El capítulo sobre asistencia jurídica gratuita tendrá un período adicional de tres años.
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