miércoles, 16 de junio de 2010

EL OTRO MUNDIAL - Argentina: Tortura en Centros de Detención

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Un noticiero, Telefé Noticias, difundió las imágenes sobre un detenido siendo torturado por uno de los presos presuntamente aislado en una comisaría de la localidad de Bella Vista en la provincia de Tucumán, y con el aval de del comisario Julio Galván.

La filmación, según lo indica el autor de la publicación, habría sido registrada desde el teléfono móvil de un comisario de Bella Vista en las instalaciones del calabozo de dicha localidad, con el objetivo de averiguar el paradero de un supuesto botín robado. La víctima recibió una feroz paliza de parte de uno de los presidiarios, llamado Exequiel Mendoza, alias “Checho”.

"De este día no te vas a olvidar más", frase que seguramente cumplirá su objetivo y maracará la vida del desafortunado protagonista de este abuso de poder en la comisaría de Bella Vista.

La situación de las cárceles argentinas siempre ha sido motivo de preocupación de las organizaciones defensoras de derechos humanos. Las pésimas condiciones, el hacinamiento, la falta de servicios de salud apropiados, los actos de violencia y las torturas y otros malos tratos registrados en estos establecimientos. Son algunas de las consecuencias por la no creación de un mecanismo para la prevención de la tortura, en contra de lo establecido en el Protocolo Facultativo de la Convención de la ONU contra la Tortura.

La tortura implica una vulneración grave de los derechos humanos bajo el Derecho Internacional. Está absolutamente prohibida según el Derecho Internacional bajo cualquier circunstancia, y figura también como prohibición en la mayor parte de las constituciones nacionales. Sin embargo, la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes todavía se producen de manera corriente en muchos países, todas las personas tenemos que actuar para poner fin a estas prácticas.

La Convención de la ONU contra la Tortura, la define en su Artículo 1.

“A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas”.

CePaDeHu considera que, a más de 60 años de la Declaración Universal de Derechos Humanos, aun es necesario recordar que la tortura es una práctica que hay que erradicarla y denunciar al Estado que la permite.

No vamos a fundamentar demasiado, solo basta con decir que las víctimas son personas. Nada, ningún delito que estos pudieran haber cometido justifica la tortura de otra persona.

CePaDeHu recomienda al Estado;

El deber de garantizar que las quejas presentadas sean debidamente tratadas; lo que incluye garantizar que aquellos que alegan haberla sufrido tengan realmente la oportunidad de registrar su queja sin temor alguno.

Promover una investigación inmediata, imparcial y efectiva.

Llevar a los responsables ante la justicia y a garantizar a las víctimas reparaciones adecuadas.

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